29 de septiembre de 2023
La ley ya está en vigor, pero no será aplicable en pulcritud hasta que no se realice su desarrollo reglamentario.
Descubre cómo te ayuda tu seguro
La nueva Ley de Bienestar Animal busca proteger a los animales, regular su cuidado y tenencia, y establecer sanciones para quienes no cumplan con las normativas relacionadas con su bienestar. Desde NorteHispana Seguros intentaremos aclararte algunas dudas sobre qué implicaciones tiene esta ley y cómo te puede ayudar tu seguro.
La ley ya está en vigor, pero no será aplicable en pulcritud hasta que no se realice su desarrollo reglamentario.
Los animales aceptados son: perros, gatos, hurones, especies silvestres en listado positivo, animales de producción no silvestres y aves de cetrería y animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies silvestres protegidas ni en el catálogo de especies exóticas invasoras.
Entre otros se exige, un curso de formación para nuevos propietarios, la prohibición de dejar perros sin vigilancia por más de 24 horas y un Seguro de responsabilidad civil obligatorio.
Obligatorio para perros, gatos, hurones y anillado para aves.
Identificación por veterinario e inscripción en el Registro de Animales de Compañía de la comunidad autónoma.
La vacunación es obligatoria; la esterilización es obligatoria para las adopciones y se regula también para las colonias de gatos. Si bien estos gatos considerados "comunitarios" serían responsabilidad de los Ayuntamientos.
La Ley de Bienestar Animal ha entrado en vigor el 29 de septiembre de 2023, si bien la obligatoriedad de contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil para perros resultará efectivamente aplicable cuando se produzca el desarrollo reglamentario.
No obstante, debemos tener en cuenta las distintas normativas autonómicas y locales que ya establecen la necesidad, sin distinción de raza, de contar con un seguro de responsabilidad civil para perros, como en la Comunidad de Madrid o en el País Vasco.
Por otro lado, en el caso de los perros de manejo especial, la Ley ya exigía la contratación y vigencia de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000€.
El seguro Mascotas y el seguro Hogar de las compañías de Negocio Tradicional de GCO (Seguros Catalana Occidente, Plus Ultra Seguros, Seguros Bilbao y NorteHispana Seguros), que próximamente se unifican en la nueva marca Occident, incluyen la cobertura de responsabilidad civil exigida por la tenencia de perros.
Para obtener el certificado con el que acreditar la cobertura de responsabilidad civil, es necesario contactar con su mediador.
La Ley de Bienestar Animal delimita qué tipo de animales pueden ser considerados de compañía.
Los animales aceptados son: perros, gatos, hurones, especies silvestres en listado positivo, animales de producción no silvestres y aves de cetrería y animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies silvestres protegidas ni en el catálogo de especies exóticas invasoras.
No obstante, el listado positivo de animales de compañía, que incluirá las especies silvestres que pueden ser objeto de tenencia como animales de compañía, se publicará posteriormente.
Para tener un perro como animal de compañía, se deberá acreditar que se ha realizado un curso de formación obligatoria para la tenencia de perros, que tendrá validez indefinida y será gratuito.
Asimismo, la nueva Ley exige la contratación de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros durante toda la vida del animal.
La Ley de Bienestar Animal prohíbe dejar solo a cualquier animal de compañía durante más de 3 días consecutivos.
En el caso de los perros, este periodo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas.
Además, queda prohibido mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
Actualmente, la Ley de Bienestar Animal establece que es obligatorio identificar mediante microchip a los perros, gatos y hurones. Por su parte, las aves deben ser identificadas mediante anillado desde su nacimiento.
Una vez identificados por un veterinario habilitado, se debe proceder a su inscripción en el Registro de Animales de Compañía de la comunidad autónoma donde se resida.
Ley de Bienestar Animal establece un régimen sancionador gradual. De este modo, se clasifican en: